domingo, 4 de noviembre de 2018

Las redes sociales y el derecho

Las redes sociales y el derecho
Hoy en día, las redes sociales representan una importante  herramienta de comunicación e interacción, que permiten obtener información inmediata. Por ello, el estudiante de Derecho o el abogado que no domine las redes puede ser que se quede a la saga de su competencia.
Una reciente encuesta publicada por el American Bar Association, da cuenta de como en el 2013 se ha reportado en Estados Unidos que:
  • – El 27% de Estudios de Abogados en dicho país tienen blogs.
  • – 59% de los Estudios de Abogados mantienen presencia en las redes sociales como Linkedin o Facebook
  • – En forma individual el 81% de abogados reportan usar las redes sociales para fines profesionales.
Como se puede apreciar, este estudio demuestra de una manera clara como es que las redes sociales es nuestro presente (quien sabe si será el futuro) y que por ende debemos de aprender a usar esas nuevas herramientas que cada día se vuelven más esenciales para nuestro ejercicio profesional de abogados.
Usar las redes sociales para fines profesionales es totalmente distinto a tal vez el uso actual que le puedes estar dando a dichas redes. La idea es que uses esas herramientas para crear una proyección profesional que sirva para construir tu marca como abogado, para crearte una autoridad en la materia legal de tu especialidad.
La tecnología es muy dinámica y los profesionales del derecho debemos de adaptarnos a las mismas. ¿Te imaginas si los abogados de mi generación siguiéramos usando máquinas de escribir mecánicas y no nos hubiéramos adaptado a usar las computadoras?Correríamos el riesgo de que las nuevas generaciones de abogados nos dejen atrás.
Ese riesgo es siempre permanente e inminente si es que no nos adaptamos a los nuevos tiempos y nuevas tecnologías y hoy en día la tecnología que predomina y donde están nuestros clientes u audiencia, son las redes sociales.
Nuevas tecnologías nuevos retos jurídicos
Más allá del uso que hagamos de las redes sociales como abogados, resulta claro que las nuevas tecnologías nos traen también nuevos retos como abogados al vernos enfrentados a nuevas realidades donde las actuales instituciones o reglas jurídicas no son suficientes.
Por ejemplo, en el caso del uso de los correos electrónicos en los centros laborales y su posibilidad de que sean fiscalizados y leídos por el empleador es un tema que resulta muy polémico al involucrar temas de violación de las comunicaciones e intimidad que las reglas referidas al secreto de comunicaciones no llegan a cubrir totalmente.
Adviértase que en el caso de los correos electrónicos se usan bienes y soportes electrónicos del empleador que no son usados cuando se envían cartas físicas mediante el sistema de correos tradicional. El empleador ve así natural y a veces incluso necesario violentar las claves de accesos de correos electrónicos corporativos para acceder a información de la empresa cuando un trabajador se retira de la misma (te recomiendo leer ¿Mi Empleador puede Revisar mis Correos Electrónicos?).
Pero, ¿qué ocurre si al hacerlo encuentra información probatoria de carácter personal?, ¿esa información puede ser usada con fines probatorios o es una prueba legalmente prohibida? ¿puede el empleador ser denunciado por violentar el secreto de las comunicaciones del trabajador?
Aún no existen respuestas categóricas a las preguntas antes formuladas y la jurisprudencia sobre esos temas tanto el Perú como en otros países se encuentra en plena formación.

lunes, 29 de octubre de 2018

Redes y Comunicación

 Redes y Comunicación

¿Qué es red?

El término red se utiliza para definir a una estructura que cuenta con un patrón característico. Existen múltiples tipos de red, como la red informática, la red eléctrica y la red social.
La red informática nombra al conjunto de computadoras y otros equipos interconectados, que comparten información, recursos y servicios. Puede a su vez dividirse en diversas categorías, según su alcance (red de área local o LAN, red de área metropolitana o MAN, red de área amplia o WAN, etc.), su método de conexión (por cable coaxial, fibra óptica, radio, microondas, infrarrojos) o su relación funcional (cliente-servidor, persona a persona), entre otras.

¿Qué es Comunicación? 

El proceso comunicativo implica la emisión de señales (sonidos, gestos, señas, etc.) con la intención de dar a conocer un mensaje. Para que la comunicación sea exitosa, el receptor debe contar con las habilidades que le permitan decodificar el mensaje e interpretarlo. El proceso luego se revierte cuando el receptor responde y se transforma en emisor (con lo que el emisor original pasa a ser el receptor del acto comunicativo).
En el caso de los seres humanos, la comunicación es un acto propio de la actividad psíquica, que deriva del pensamiento, el lenguaje y del desarrollo de las capacidades psicosociales de relación. El intercambio de mensajes (que puede ser verbal o no verbal) permite al individuo influir en los demás y a su vez ser influido.
Entre los elementos que pueden distinguirse en el proceso comunicativo, se encuentra el código (un sistema de signos y reglas que se combinan con la intención de dar a conocer algo), el canal (el medio físico a través del cual se transmite la información), el emisor (quien desea enviar el mensaje) y el receptor (a quien va dirigido).
La comunicación puede ser afectada por lo que se denomina como ruido, una perturbación que dificulta el normal desarrollo de la señal en el proceso (por ejemplo, distorsiones en el sonido, la afonía del hablante, la ortografía defectuosa).

¿Cómo se relacionan?

Se relacionan ya que a medida que las redes se interconectan al rededor del mundo facilitan la comunicación entre individuos de una manera fácil sin la necesidad de realizar procesos tediosos o largos pues mediante de un clic se intercomunica a cualquier parte del mundo. 

WEB 2.0

WEB 2.0

 El término establece una distinción entre la primera época de la Web (donde el usuario era básicamente un sujeto pasivo que recibía la información o la publicaba, sin que existieran demasiadas posibilidades para que se generará la interacción) y la revolución que supuso el auge de los blogs, las redes sociales y otras herramientas relacionadas.
La Web 2.0, por lo tanto, está formada por las plataformas para la publicación de contenidos, como Blogger, las redes sociales, como Facebook, los servicios conocidos como wikis(Wikipedia) y los portales de alojamiento de fotos, audio o vídeos (FlickrYouTube). La esencia de estas herramientas es la posibilidad de interactuar con el resto de los usuarios o aportar contenido que enriquezca la experiencia de navegación.
Es importante tener en cuenta que no existe una definición precisa de Web 2.0, aunque es posible aproximarse a ella estableciendo ciertos parámetros. Una página web que se limita a mostrar información y que ni siquiera se actualiza, forma parte de la generación 1.0. En cambio, cuando las páginas ofrecen un nivel considerable de interacción y se actualizan con los aportes de los usuarios, se habla de Web 2.0

TIC y DERECHO

TIC y DERECHO

IMPORTANCIA DE LAS TICS EN EL DERECHO
1. Por un lado el Derecho Informático se define como un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos nacidos de la interrelación entre el Derecho y la Informática.2. un conjunto de servicios, redes, software y dispositivos de software que integran en sistemas de información interconectados y complementarios, con la finalidad de gestionar datos e información de manera efectiva.3. Las Tecnologías de la Información están estrechamente relacionadas con la producción y el aumento de la productividad de las empresas.4. Desde la aparición de la computación como un fenómeno, ha sido benéfica en las distintas áreas de la ciencia y la cultura.5. el derecho debe evolucionar con las necesidades de los seres humanos o con sus nuevas costumbres para regular las nuevas relaciones que de esto surge.6. Uno de los puntos en que el derecho se ha visto vulnerado a causa de la informática, es en las ramas clásicas del derecho, como lo es el derecho civil y penal, también se encuentra el derecho informático del mar considerado como una rama independiente del derecho7. el derecho se rebasó por la tecnología, que los usa como método de escape a sus principios más básicos, como el que define la condena de Beccaria en su libro "De los delitos y las penas" que no esté predefinida en la ley.